Mateo organiza su material sobre la vida y el ministerio de Jesús desde la situación y las necesidades de la comunidad judeocristiana a la que escribe. Se preocupa por forjar su identidad en medio de otros grupos judíos y del entorno social en el que se ubica. Es así como Jesús no llama como discípulos a quienes tienen poder e influencia, sino a pescadores y publicanos; no inicia su ministerio en Jerusalén, sino en los márgenes, en Galilea; y no invita a quienes le siguen a buscar honores y privilegios, sino a una vida de servicio y entrega – inclusive hasta la muerte. El texto para este domingo forma parte del cuarto discurso de Jesús denominado muchas veces el “discurso eclesiástico” y presenta una instrucción sobre cómo proceder cuando un hermano o una hermana de la comunidad ha cometido un pecado o una falta. Una mirada al contexto literario (Mateo 18) nos aporta algunas luces para acercarnos a los vv. 15-20.
En Mateo 18, el evangelista reúne temas sobre las relaciones al interior de la comunidad de seguidores y seguidoras de Jesús y se preocupa por forjar una ética comunitaria que distingue a la comunidad de los valores y las relaciones sociales de su entorno. Llama la atención que el discurso esté motivado por una pregunta de los discípulos sobre quién será el mayor en el reino de los cielos (18:1). Resalta, como en capítulos anteriores del evangelio, su incomprensión sobre la naturaleza del reino de los cielos anunciado en las palabras y acciones de Jesús. La respuesta de Jesús aporta una clave para comprender el resto del capítulo y los vv. 15-20 de manera particular: los mayores en el reino de los cielos son quienes se humillan como un niño (vv. 2-4). Los y las seguidoras de Jesús no deben buscar ser los mayores, sino los más pequeños de la comunidad. Los pequeños de la comunidad son el tema de los siguientes versículos. Al recibirlos en el nombre de Jesús, se recibe a Jesús (cf. Mt 25:40). Por otro lado, hacerles tropezar – entorpecer su seguimiento de Jesús – es una falta de suma gravedad (vv. 6-10). La sección cierra, entonces, exhortando a la comunidad a ir en busca de los pequeños y las pequeñas que se hayan extraviado para rescatarles (vv. 12-14).
Los vv. 15-20 responden a la pregunta sobre cómo proceder cuando una persona de la comunidad ha pecado, ha sido una piedra de tropiezo o se ha extraviado, quebrantando las relaciones comunitarias. La formulación de los primeros dos versos (vv. 15-17) es casuística, es decir, presenta un caso – “si tu hermano peca (se desvía)” – y los pasos a seguir para afrontar ese caso. El procedimiento que se establece en los vv. 15-17 no es del todo novedoso para su época, ni para las primeras comunidades cristianas. Encontramos normas similares en el Antiguo Testamento (Dt 19:15) y en la comunidad de Qumrán. A lo largo de la historia de las iglesias, estos versos han estado vinculados a los procedimientos disciplinarios con el fin de sancionar a quienes transgreden las normas de la comunidad.
Es importante notar, sin embargo, que Mateo 18:15-20 evidencia poca preocupación por la disciplina como tal y menos aún por el castigo a ser dictado. Pone énfasis, más bien, en la reintegración de la persona ofensora a la comunidad, tras el reconocimiento de su falta. La prioridad, como en todo el capítulo 18, son las relaciones comunitarias, no los derechos o privilegios de una persona o un grupo sobre otro. Para ello, se establecen pasos que protegen la dignidad y privacidad de la persona ofensora. Se empieza con un encuentro privado (v. 15). Si no diera resultado, se procede a un encuentro con dos o tres testigos (v. 16). Si aun así no se lograra la reintegración de la persona mediante el reconocimiento de la falta, se pasa el caso a la iglesia (ekklesia en el original griego), la asamblea de creyentes (v. 17). Solo después de agotar estas tres instancias que buscan reestablecer la comunión se procede a la sanción que redefine su relación con la comunidad: “tenlo por gentil o publicano” (v. 17). Para Mateo, no se trata de un juicio de los “justos” contra los “pecadores,” sino de que la comunidad vele por restaurar a la comunidad a quienes se han desviado en el seguimiento de Jesús y de su comunidad de seguidores y seguidoras.
La seriedad que ameritan las relaciones comunitarias y la forma de manejar las faltas se hace evidente en los vv. 18-20. La decisión tomada, en caso de que la persona no reconozca su falta, es vinculante no solo “en la tierra,” sino “en el cielo” (v. 18), y Jesús se hace presente entre quienes deliberan el asunto (v. 20). Estos versículos no solo asignan autoridad a la comunidad; le asignan responsabilidad: las decisiones tomadas que afectan al hermano o a la hermana y su vínculo con la comunidad son un asunto que compete al “Padre que está en los cielos” (v. 19).
En los versículos siguientes se aclara aún más que la intención de los vv. 15-20 es el perdón y no la sanción. Pedro pregunta: “Señor, ¿cuántas veces perdonaré a mi hermano que peque contra mí? ¿Hasta siete?” (v. 21). La respuesta de Jesús – “setenta veces siete” – habla de la misericordia y el perdón ilimitado. La parábola con la que Jesús cierra el discurso de Mateo 18 identifica el perdón como una de las características del reino de los cielos. La acción humana de perdonar es reflejo y condición a la vez del perdón divino.
La relación entre Dios y la comunidad de creyentes no es vertical. Dios se hace presente en medio de la comunidad de fieles que actúan desde la humildad y el servicio, que acogen a los y las pequeños, que se cuidan de no extraviar y se preocupan por quienes se extravían, que ejercitan la corrección en el marco del perdón y la gracia ilimitada que han experimentado por parte de Dios. Somos llamados y llamadas, por lo tanto, a la humildad en favor de los pequeños y las pequeñas, y a priorizar la comunión, la reconciliación y el perdón sobre los derechos y méritos individuales. Es así como Jesús está presente donde dos o tres se reúnen en su nombre.
Mateo organiza su material sobre la vida y el ministerio de Jesús desde la situación y las necesidades de la comunidad judeocristiana a la que escribe. Se preocupa por forjar su identidad en medio de otros grupos judíos y del entorno social en el que se ubica. Es así como Jesús no llama como discípulos a quienes tienen poder e influencia, sino a pescadores y publicanos; no inicia su ministerio en Jerusalén, sino en los márgenes, en Galilea; y no invita a quienes le siguen a buscar honores y privilegios, sino a una vida de servicio y entrega – inclusive hasta la muerte. El texto para este domingo forma parte del cuarto discurso de Jesús denominado muchas veces el “discurso eclesiástico” y presenta una instrucción sobre cómo proceder cuando un hermano o una hermana de la comunidad ha cometido un pecado o una falta. Una mirada al contexto literario (Mateo 18) nos aporta algunas luces para acercarnos a los vv. 15-20.
En Mateo 18, el evangelista reúne temas sobre las relaciones al interior de la comunidad de seguidores y seguidoras de Jesús y se preocupa por forjar una ética comunitaria que distingue a la comunidad de los valores y las relaciones sociales de su entorno. Llama la atención que el discurso esté motivado por una pregunta de los discípulos sobre quién será el mayor en el reino de los cielos (18:1). Resalta, como en capítulos anteriores del evangelio, su incomprensión sobre la naturaleza del reino de los cielos anunciado en las palabras y acciones de Jesús. La respuesta de Jesús aporta una clave para comprender el resto del capítulo y los vv. 15-20 de manera particular: los mayores en el reino de los cielos son quienes se humillan como un niño (vv. 2-4). Los y las seguidoras de Jesús no deben buscar ser los mayores, sino los más pequeños de la comunidad. Los pequeños de la comunidad son el tema de los siguientes versículos. Al recibirlos en el nombre de Jesús, se recibe a Jesús (cf. Mt 25:40). Por otro lado, hacerles tropezar – entorpecer su seguimiento de Jesús – es una falta de suma gravedad (vv. 6-10). La sección cierra, entonces, exhortando a la comunidad a ir en busca de los pequeños y las pequeñas que se hayan extraviado para rescatarles (vv. 12-14).
Los vv. 15-20 responden a la pregunta sobre cómo proceder cuando una persona de la comunidad ha pecado, ha sido una piedra de tropiezo o se ha extraviado, quebrantando las relaciones comunitarias. La formulación de los primeros dos versos (vv. 15-17) es casuística, es decir, presenta un caso – “si tu hermano peca (se desvía)” – y los pasos a seguir para afrontar ese caso. El procedimiento que se establece en los vv. 15-17 no es del todo novedoso para su época, ni para las primeras comunidades cristianas. Encontramos normas similares en el Antiguo Testamento (Dt 19:15) y en la comunidad de Qumrán. A lo largo de la historia de las iglesias, estos versos han estado vinculados a los procedimientos disciplinarios con el fin de sancionar a quienes transgreden las normas de la comunidad.
Es importante notar, sin embargo, que Mateo 18:15-20 evidencia poca preocupación por la disciplina como tal y menos aún por el castigo a ser dictado. Pone énfasis, más bien, en la reintegración de la persona ofensora a la comunidad, tras el reconocimiento de su falta. La prioridad, como en todo el capítulo 18, son las relaciones comunitarias, no los derechos o privilegios de una persona o un grupo sobre otro. Para ello, se establecen pasos que protegen la dignidad y privacidad de la persona ofensora. Se empieza con un encuentro privado (v. 15). Si no diera resultado, se procede a un encuentro con dos o tres testigos (v. 16). Si aun así no se lograra la reintegración de la persona mediante el reconocimiento de la falta, se pasa el caso a la iglesia (ekklesia en el original griego), la asamblea de creyentes (v. 17). Solo después de agotar estas tres instancias que buscan reestablecer la comunión se procede a la sanción que redefine su relación con la comunidad: “tenlo por gentil o publicano” (v. 17). Para Mateo, no se trata de un juicio de los “justos” contra los “pecadores,” sino de que la comunidad vele por restaurar a la comunidad a quienes se han desviado en el seguimiento de Jesús y de su comunidad de seguidores y seguidoras.
La seriedad que ameritan las relaciones comunitarias y la forma de manejar las faltas se hace evidente en los vv. 18-20. La decisión tomada, en caso de que la persona no reconozca su falta, es vinculante no solo “en la tierra,” sino “en el cielo” (v. 18), y Jesús se hace presente entre quienes deliberan el asunto (v. 20). Estos versículos no solo asignan autoridad a la comunidad; le asignan responsabilidad: las decisiones tomadas que afectan al hermano o a la hermana y su vínculo con la comunidad son un asunto que compete al “Padre que está en los cielos” (v. 19).
En los versículos siguientes se aclara aún más que la intención de los vv. 15-20 es el perdón y no la sanción. Pedro pregunta: “Señor, ¿cuántas veces perdonaré a mi hermano que peque contra mí? ¿Hasta siete?” (v. 21). La respuesta de Jesús – “setenta veces siete” – habla de la misericordia y el perdón ilimitado. La parábola con la que Jesús cierra el discurso de Mateo 18 identifica el perdón como una de las características del reino de los cielos. La acción humana de perdonar es reflejo y condición a la vez del perdón divino.
La relación entre Dios y la comunidad de creyentes no es vertical. Dios se hace presente en medio de la comunidad de fieles que actúan desde la humildad y el servicio, que acogen a los y las pequeños, que se cuidan de no extraviar y se preocupan por quienes se extravían, que ejercitan la corrección en el marco del perdón y la gracia ilimitada que han experimentado por parte de Dios. Somos llamados y llamadas, por lo tanto, a la humildad en favor de los pequeños y las pequeñas, y a priorizar la comunión, la reconciliación y el perdón sobre los derechos y méritos individuales. Es así como Jesús está presente donde dos o tres se reúnen en su nombre.